martes, 3 de noviembre de 2009

Deducciones

Los costos y gastos para ser deducibles tienen que ser:

a) Necesarios, es decir, indispensables para la generación de utilidades gravadas o la conservación de su fuente.

b) Que su finalidad económica esté orientada a obtener rentas gravadas y conservar la fuente.

c) Que estén registrados y documentados en la contabilidad.

Las objeciones se relacionan con inmuebles que no le generaron ingresos gravados a la sociedad.

Incidente de apelación R0805018TM sentencia de las 11 horas de 26 de junio de 2009

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