Los artículos 76, 77, 78, 79, 80
y 81 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, han sido declarados
inconstitucionales, porque violan la equidad tributaria, en su manifestación
del principio de capacidad económica - artículo 131 ordinal 6º de la
Constitución de la República – pues integran una regulación unitaria y
sistemática del pago mínimo definitivo del 1% de Impuesto sobre la Renta
determinando como base imponible de este, las rentas brutas u obtenidas, sin
posibilidad de deducción de los costos y gastos necesarios para su producción y
la conservación de su fuente.
Sentencia emitida por la Sala
de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, a las 14 horas 11 minutos
del 15 de noviembre de 2013 en el Juicio de Inconstitucionalidad 18-2012.