lunes, 18 de noviembre de 2013

Pago mínimo del 1% sobre los ingresos brutos

Los artículos 76, 77, 78, 79, 80 y 81 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, han sido declarados inconstitucionales, porque violan la equidad tributaria, en su manifestación del principio de capacidad económica - artículo 131 ordinal 6º de la Constitución de la República – pues integran una regulación unitaria y sistemática del pago mínimo definitivo del 1% de Impuesto sobre la Renta determinando como base imponible de este, las rentas brutas u obtenidas, sin posibilidad de deducción de los costos y gastos necesarios para su producción y la conservación de su fuente.

Sentencia emitida por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, a las 14 horas 11 minutos del 15 de noviembre de 2013 en el Juicio de Inconstitucionalidad 18-2012.