martes, 26 de abril de 2016

Impuestos municipales


Tomar, en la Tarifa General de Arbitrios Municipales, como único parámetro para la imposición del tributo el activo del contribuyente, sin deducción de pasivo, no es congruente con el principio de capacidad económica que debe aplicarse en materia de impuestos.


Amparo ref. 564-2010 sentencia de la Sala de lo Constitucional de fecha 9 de diciembre de 2011.